La Directiva de Máquinas publicada con fecha 9 de junio de 2006, entrará en vigor 21 días depués de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.
Los Estados Miembro disponen de un periodo transicional de veinticuatro meses para trasponer dicha Directiva a sus legislaciones nacionales.
Las empresas dispondrán de un periodo adicional de dieciocho meses para la adaptación y aplicación de esta nueva legislación.