Les presentamos el enlace de la página web del MITECO para el Registro de productores de Producto en relación con el Real Decreto de Envases y Residuos de Envases: Registro de productores de Producto. Sección envases (miteco.gob.es)
Cualquier industria que utilice embalajes para servir sus productos industriales, tendría que darse de alta al ser envasador de productos industriales (envases industriales)
Al final del enlace hay un video explicativo de cómo realizar la inscripción.
El siguiente mensaje aparece en el enlace de Registro y amplía el plazo de registro inicialmente establecido para que las empresas puedan darse de alta:
“Se informa que el procedimiento de inscripción en el registro de productores de producto permanecerá abierto más allá del 29 de marzo de 2023 con objeto de permitir que todos los productores de producto se inscriban. Ténganse en cuenta los plazos más abajo indicados para el reporte de la información de envases puestos en el mercado para los años 2021 y 2022”
En cuanto a los plazos para el reporte de información de envases puestos en el mercado se nos indica que estos son:
AVISO:
Durante el periodo 1 de enero hasta el 30 de abril de 2023 los procedimientos relativos a información anual sobre envases estarán en la sede electrónica en modo de pruebas. Esto significa que se podrá entrar en el procedimiento e incorporar información y guardar, pero no se permitirá firmar ni registrar las declaraciones.
De conformidad con la Disposición transitoria segunda del Real Decreto 1055/2022, de 27 de diciembre, se establecerán dos periodos extraordinarios para la remisión de datos correspondientes a envases puestos en el mercado español en el año 2021 y el año 2022. Dichos periodos serán los siguientes:
- Del 01/01/2023 hasta 30/04/2023. Periodo de pruebas, se graban datos para el año simbólico 1000. El procedimiento no permitirá la firma ni registro de estos datos
- Del 01/05/2023 hasta 31/07/2023. Periodo de grabación de datos para el año de reporte 2021
- Del 01/08/2023 hasta 31/10/2023. Periodo de grabación de datos para el año de reporte 2022
Para años sucesivos, con carácter general:
El plazo para el reporte de la información será desde el 1 de enero hasta el 31 de marzo de cada año. Los datos a reportar corresponderán al año vencido.